Me había demorado en comentar sobre la polémica surgida después de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal donde condenó a Yidis Medina. La razón: Estaba investigando y mis conclusiones son irrefutables.
No hay que ser uribistas para darse cuenta de la mitomanía y el cinismo de la Corte Suprema de Justicia.
La sentencia de la Sala Penal de la corte es desde todo punto de vista ilegal y anticonstitucional.
Expondré mis argumentos:
Para entender primero hay que leer el fallo completo: Sentencia sobre Yidis
La corte suprema y su sala penal se extralimitaron, pues su deber era decir porque condenaron a la señora Medina y no tenía porque tocar un ámbito de tipo constitucional. La corte se metió donde no debía y dijo lo que no podía decir.
Es evidente el interés de la corte en tumbar al presidente Uribe, no hay otra explicación.
Hay que decir que los abogados que están en la corte y específicamente en la sala penal, no son los más calificados ni los más académicos.
Resulta totalmente vergonzoso el lenguaje poco jurídico y rígido que utilizó la corte por ejemplo eso de “canonjías impúdicas“. Canonjía: “f. Prebenda o dignidad por la que se pertenece al cabildo de una catedral” – Impudicia: “f. Descaro, desvergüenza, falta de pudor“.
Esto último desde cualquier punto de vista NO ES DERECHO, es charlatanería con ánimo de hacer daño. Es lo que yo llamaría Dolo Político. Lo de canonjías impúdicas no está en el derecho aunque todos sabemos que significa. Claramente la corte no actúa en derecho sino en política. La corte quiere tumbar a Uribe.
La corte se extralimitó tanto, que desconoció las jurisdicciones contenciosas y constitucionales.
Me explico: durante el acto legislativo se presentaron 73 impedimentos que fueron analizados por La Corte Constitucional y el Consejo de Estado…
72 de los impedimentos estaban relacionados con conflicto de intereses. Unos parlamentarios tenían a los primos, mozas, esposas o hijos en cargos del Estado como embajadas, superintendencias y otras entidades.
Hubo otro impedimento especial de Zulema Jattin y otro (73) de Yidis Medina, quien se declaró impedida después de que el representante a la cámara Germán Navas Talero denunció que Yidis estaba recibiendo dádivas del gobierno. Y que según se conoció ella misma lo declaró por escrito.
La Corte Constitucional decidió basado en el concepto de inmunidad parlamentaria, resolvió que la señora Medina si estaba habilitada para votar el acto legislativo y determinó que no hubo delito.
Por este motivo la Corte Constitucional zanjó que NO debía revisar el acto legislativo que dio vía libre a la reelección fundada en su sentencia anterior y el principio de cosa juzgada. Es decir La Corte Constitucional no tenía competencia para revisar lo que le mandó a pedir la Corte Suprema Justicia demostrando nuevamente que la CSJ /Sala Penal se extralimitó.
La Corte Suprema/Sala Penal traspasó su ámbito de aplicación: La Jurisdicción Ordinaria para pasar a la Constitucional.
Pero esto no fue lo único que violó la Corte Suprema de Justicia, la corte en su andanada descarada contra Uribe traspasó también el ámbito contencioso administrativo pues desconoció el fallo del Consejo de Estado cuando en el proceso que se adelantó a Yidis Medina por perdida de investidura. Donde el Consejo determinó que Yidis no debía perder su investidura pues estaba perfectamente habilitada para votar y nunca hubo prebendas para ella.
Con las dos decisiones tanto del Consejo de Estado como el de la Corte Constitucional el proceso de Yidis Medina, jamás debió ser reabierto pues hace rato había hecho tránsito a cosa juzgada.
La auto incriminación de Yidis Medina no daba para reabrir el proceso.
La Corte Suprema de Justicia VIOLÓ el debido proceso, norma rectora del derecho penal; y explico:
En un delito de doble vía como el cohecho, no solo se tenía que tener en cuenta la versión de Medina sino, la de los demás implicados. El derecho a la defensa se violó. La Corte Suprema se justificó diciendo que tenía pruebas pero en realidad el solo hecho de no llamar a Prettel de la Vega y a Palacio Betancourt es una muestra clarísima de la falta de elementos probatorios. Lo más curioso es que ellos se ofrecieron para declarar pero la Corte nunca los llamó.
Es inaudito y antijurídico sobre todo, tomar decisiones sobre un delito de doble vía y solo escuchar una parte…
Y Teodolindo? La Corte Suprema de Justicia decidió encarcelarlo por factores externos y lo tiene torturado en una cárcel, pues al no darle la casa por cárcel el pobre viejito se está muriendo en la Picota por una grave enfermedad respiratoria.
La Corte Suprema/Sala Penal argumenta que Teodolindo participó en la venta de una notaría, tanto Teodolindo como el notario niegan el hecho, pero la corte lo tiene detenido y le cree a la mitómana Yidis.
Los demás elementos probatorios sobre las mentiras de Yidis que hundirían ese proceso están en este artículo de la revista Semana: El Presidente contraataca
Todo este despelote, lo armó la Corte Suprema y su Sala Penal por la decisión del presidente de la República en 2005 de favorecer las tutelas contra las sentencias judiciales. La reacción de la Corte Suprema fue la a través de su presidente Yesid Ramírez Bastidas quién acusó a la Constitucional de ser del bolsillo del presidente y además de dejarse comprar por los favores hechos al gobierno como la aprobación de la reelección, La ley de Justicia y paz y la ley de garantías electorales.
La decisión del presidente Uribe fue oportuna y legítima, pero actúo torpe y equivocado. Su decisión de acudir a un referendo es inoficiosa y poco práctica, la Corte Suprema no cuestionó su legitimidad, sino su legalidad como gobernante lo cual la Corte Constitucional ratificó. Así que el referendo o mejor el plebiscito debería ser eliminado de la agenda presidencial.
Ahora me parece válido que el gobierno haya denunciado a la Corte Mafiosa de Justicia por violar los derechos fundamentales y por sus vínculos con los paramilitares y la guerrilla. Esperemos en que terminan estas investigaciones que le tocan a la Comisión De Acusaciones De La Cámara De Representantes.
Por ahora debemos pensar en reformar la elección de los magistrados de las altas cortes y mirar muy bien los requisitos para que cualquier terrorista no llegue allá como Yesid Ramírez.
Tenemos que pensar en como sacar a los amigos de Mancuso, Ascensio Reyes y Giorgio Sale de la esfera jurídica de este país.
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